BASES CONCURSO

DIFUSIÓN OFERTAS PRÁCTICAS DE VERANO DUOC UC 2025

La Dirección de Operaciones Académicas, convoca a estudiantes de Duoc UC, a participar de la campaña difusión de ofertas de prácticas de verano Duoc UC 2025.

Esta instancia tiene como propósito difundir las ofertas de prácticas de verano, a través de la plataforma https://duoclaboral.cl/, bolsa de empleo exclusiva para estudiantes y titulados de Duoc UC. Lo anterior permite acercar y entregar herramientas de empleabilidad a nuestros estudiantes y titulados de Duoc UC.

Es por esto, que el equipo de DuocLaboral.cl (en adelante el “Organizador”) ha creado estas bases de concurso (en adelante las “Bases”) para incentivar y motivar la participación de estudiantes en las diferentes actividades que se realizarán durante la Temporada Académica de Verano (en adelante el “Concurso”).

PRIMERO: ANTECEDENTES GENERALES

El equipo de DuocLaboral.cl invita a los estudiantes de Duoc UC a participar del Concurso de Difusión Ofertas de Prácticas de Verano desde el 27 de diciembre de 2024 al 24 de febrero de 2025.

El Concurso será el siguiente:

- CONCURSO: GRABA UN REEL Y GANA UN NOTEBOOK

Grabar reel con colaboradores y/o docentes invitando a postular a las ofertas de prácticas de verano de DuocLaboral.cl y subir a la aplicación Instagram con el hashtag #TuVeranoCuenta etiquetando a @duoclaboral. (MAXIMO 20 SEGUNDOS)

Se premiará con 1 notebook al reel ganador.

Lo anterior, según los términos establecidos en estas bases.

SEGUNDO: REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán participar en el Concurso aquellas personas que cumplan con las siguientes condiciones (en adelante, los “Participantes”):

a) Haber aceptado y encontrarse en cumplimiento de estas Bases.

b) Encontrarse en las siguientes situaciones copulativamente:

i. Ser Estudiante Regular de Duoc UC, del segundo semestre 2024 que cuenten con registro ii. Estar registrado en https://duoclaboral.cl/ durante las fechas del concurso.

TERCERO: PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO

- Todos (as) aquellos estudiantes de Duoc UC que participen grabando un reel en su perfil personal y lo publique como post sobre las temáticas indicadas en el artículo PRIMERO de estas bases, deberá subirlo a Instagram con el hashtag #TuVeranoCuenta etiquetando a @DuocLaboral, y estará participando por 1 notebook.

CUARTO: DURACION

El concurso será entre el 27 de diciembre de 2024 y el 24 de febrero de 2025, hasta las 18:00 horas, ambas fechas inclusive.

QUINTO: SORTEOS Y PREMIOS

El sorteo del Concurso se realizará el día 27 de febrero de 2025 a las 17:00 hrs., mediante la aplicación “App Sorteos” el que definirá al ganador del Concurso (en adelante el “Ganador”.

El Ganador recibirá como premio 1 notebook (en adelante el “Premio”).

Los encargados de DuocLaboral.cl publicarán el Ganador a través de Instagram el día 28 de febrero de 2025 y será contactado personalmente mediante correo electrónico registrado en el portal DuocLaboral.cl y mediante Instagram para acordar el día y hora de retiro del premio en su Sede. En caso de que el Ganador no pueda retirar su Premio personalmente, deberá enviar a una persona debidamente facultada para hacerlo, a través de un poder simple otorgado a la persona que retirará el Premio, el que deberá ser firmado por el Ganador, junto con una copia de su cédula de identidad.

El Premio no es canjeable por su valor en dinero, ni por una nota de crédito y no podrá ser reclamado por otra persona que no sea el Ganador del Sorteo (o quien el Ganador designe mediante poder simple), ni cedido antes de su entrega formal al ganador. El Organizador no se hace responsable por posibles fallas del producto, estos deberán verse directamente con el proveedor respectivo.

El Organizador no reembolsará al Ganador suma alguna relacionada con gastos de desplazamiento y otros en que incurra para retirar y/o usar su Premio.

El Ganador o su Reemplazante, según sea el caso, perderán el derecho al Premio obtenido, aun cuando haya cumplido los demás requisitos del Sorteo, en caso de que no concurra a reclamar su Premio, dentro de un plazo de 10 días hábiles, tras lo cual el Organizador se reserva el derecho a declarar el Sorteo de dicho Premio desierto.

SEXTO: ACEPTACIÓN DE LAS BASES

Toda persona que se incorpore al Concurso, acepta todas y cada una de las disposiciones descritas en las presentes Bases, las que se encuentran a disposición del público según se indicará más adelante.

SÉPTIMO: DISPOSICIONES GENERALES

Queda prohibido a los Participantes afectar de modo alguno el normal desarrollo del Sorteo o de las funciones propias del Organizador, incluyendo por vía ejemplar afectar los procedimientos, reglas y protocolos de comunicación, los sistemas o medios de transmisión o procesamiento de datos. Les queda, asimismo, prohibido intentar determinar el resultado de la adjudicación del Premio, sea de modo desleal, deshonesto o de cualquiera otro modo que no sea el previsto en estas Bases.

El Organizador podrá requerir la presencia del Ganador, así como también publicar sus datos personales e incluso exhibir su imagen (foto y/o video) mediante cualquier acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y/o medio de difusión que considere conveniente en relación alConcurso, para lo cual los Participantes otorgan expresa autorización y sin que la misma conceda al Ganador derecho a contraprestación o indemnización alguna. Para todos los efectos legales a que haya lugar se entenderá que la autorización antes descrita es otorgada por el Ganador por el sólo hecho de participar en el presente Sorteo.

La responsabilidad del Organizador se extiende solo hasta la entrega del Premio, no respondiendo en modo alguno por el uso o funcionamiento del mismo por parte del Ganador. En este sentido, el Ganador mantendrá indemnes y a salvo al Organizador, sus directivos, ejecutivos y personas relacionadas, por cualquier daño acaecido como consecuencia del mal uso o utilización de los Premios. Asimismo, el Organizador no es responsable del mal funcionamiento del Premio.

Dadas las condiciones de seguridad vigentes hoy en Internet, los Participantes deben entender que cada vez que divulguen voluntariamente información personal en línea, esta puede ser recogida y utilizada por otros. En consecuencia, si bien el Organizador realiza sus mejores esfuerzos para proteger su información personal, no puede garantizar, y no será responsable, por la difusión de los datos personales de los Participantes por personas ajenas al Organizador, ni por los daños y perjuicios generados como consecuencia de ella.

En conformidad a lo establecido en la Constitución que consagra el derecho a la protección de datos personales, y la ley N°19.628 sobre protección de la vida privada o aquella que la reemplace, el Organizador se compromete a implementar mecanismos organizativos y técnicos seguros de tratamiento de información y datos personales cuyo fin esté establecido en los objetivos explícitamente declarados en el presente contrato.

En este sentido se compromete a que cualquier operación o complejo de operaciones o procedimientos técnicos, de carácter automatizado o no, que permita recolectar, almacenar, grabar, organizar, elaborar, seleccionar, extraer, confrontar, interconectar, disociar, comunicar, ceder, transferir, transmitir o cancelar datos de carácter personal, o utilizarlos en cualquier otra forma (es decir, realizar “tratamiento de datos personales”), serán única y exclusivamente realizadas en relación a los objetivos y finalidades establecidos en las presentes bases, y en la medida en que sean compatibles con la naturaleza de las actividades ejecutadas en virtud del mismo, dando cumplimiento además a la legislación vigente. Debido a lo anterior, el Organizador tiene prohibido realizar tratamiento de los datos personales vinculados a estas bases para objetivos y finalidades distintos que la ejecución de sus funciones descritas en el mismo, o que sean incompatibles con dichas funciones, así como también se encuentra prohibida su cesión, comunicación o entrega a terceros, salvo los casos de obligación legal.

Los datos personales a que accede el Organizador en virtud de estas bases cuentan con el consentimiento de sus titulares, o bien, su tratamiento se encuentra amparado en otra fuente de licitud. El consentimiento de los titulares de los datos personales que recopile Duoc UC para el cumplimiento de las presentes bases, en caso de ser necesario, será obtenido de manera libre, informada y específica en cuanto a sus finalidades.

Por el solo hecho de participar en el Concurso, los Participantes y el Ganador otorgan expresa autorización al Organizador para utilizar los datos ingresados en campañas promocionales y/o publicitarias que estime conveniente, sin que dicha autorización conceda a los Participantes y/o al Ganador derecho a contraprestación o indemnización alguna, como asimismo compartir todo o parte de los datos, únicamente en forma agregada o global, con otras entidades especialistas en procesamiento de estadísticas y datos como Nielsen.

Ante cualquier discrepancia respecto a la aplicación de estas Bases o a la implementación del Sorteo, primará la interpretación del Organizador, sin apelación alguna.

El Organizador se reserva el derecho de modificar, complementar o rectificar en cualquier momento las presentes Bases, lo cual habrá de ser comunicado debidamente.